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Artículo 21del Código del Trabajo de Chile

Fuente: Ley Chile, de la Biblioteca del Congreso Nacional. Texto descargado el 21 de octubre de 2026.

Vigencia. Texto de la versión vigente en Ley Chile (BCN) el 21 de octubre de 2026, vigente desde el 23 de julio de 2026. La BCN registra cambios ya publicados que entran en vigor desde el 15 de marzo de 2027; no están incorporados en este texto.

Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato.

Se considerará también jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no le sean imputables.

Qué significa

El artículo 21 define qué es la jornada de trabajo. Esta definición sirve para saber qué tiempo cuenta como trabajado.

La regla principal es simple. La jornada de trabajo es el tiempo en que el trabajador debe prestar «efectivamente sus servicios». Ese tiempo se fija según lo que dice el contrato.

El artículo agrega un segundo caso. También es jornada el tiempo en que el trabajador está a disposición del empleador sin hacer ninguna labor. Para que cuente, la falta de labor debe deberse a causas que no sean imputables al trabajador.

Esto significa que el tiempo de espera también puede ser jornada. Lo importante es que el trabajador esté disponible para el empleador. También importa que la inactividad no sea culpa suya.

Por ejemplo, un trabajador llega a su puesto y no puede trabajar porque falta material que debía entregar la empresa. Ese tiempo de espera cuenta como jornada, porque la causa no depende del trabajador. En cambio, el texto no extiende esta regla a la inactividad causada por el propio trabajador.

En resumen, la jornada incluye dos tiempos. El primero es el trabajo efectivo según el contrato. El segundo es la espera a disposición del empleador, cuando la falta de labor no es culpa del trabajador.

Explicación en palabras sencillas, escrita a partir de este texto. No es asesoría legal. Cómo la escribimos.

Sobre este texto
Ley
Código del Trabajo · DFL 1 de 2002 (Trabajo)
Edición
Texto refundido, coordinado y sistematizado, versión vigente de Ley Chile (BCN)
Texto descargado
21 de octubre de 2026
Versión
Vigente desde el 23 de julio de 2026

Cómo citar

Artículo 21 del Código del Trabajo de Chile. DFL 1 de 2002 (Trabajo). Texto según Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (Ley Chile), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/cl/codigo-trabajo/articulo-21/

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