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5 de julio: Día de la Independencia de Venezuela (1811)

Artículo 514del COPP de Venezuela

Reglas

Fuente: copia publicada por Asamblea Nacional. Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021 (reforma y texto único, art. 21 de la reforma). Descargada el 21 de octubre de 2026.

Vigencia. Texto de la Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021 (reforma y texto único, art. 21 de la reforma). Las reformas y modificaciones publicadas después en la Gaceta Oficial no están incorporadas.

En el proceso penal la actuación del Ministerio Público se regirá, además de las reglas previstas en la Ley Orgánica del Ministerio Público que no colidan con este Código, por las reglas siguientes:

1. En cada circunscripción judicial, funcionará una oficina bajo la dirección de un o una Fiscal Superior, designado o designada por el o la Fiscal General de la Republica.

2. En cada circunscripción judicial funcionará, por lo menos, una unidad de atención a la víctima, que estará bajo la dirección de un o una Fiscal Superior. 3. Los o las fiscales no estarán adscritos a un tribunal en particular ni a una determinada unidad policial.

4. La organización regional y municipal se ajustará a los principios de flexibilidad y trabajo en equipo.

5. Se designarán fiscales por materias o por competencia territorial según las necesidades del servicio.

6. El o la Fiscal General de la República podrá designar fiscales especiales para casos determinados.

7. EI Ministerio Público tendrá una unidad administrativa conformada por expertos o expertas, asistentes de investigación y auxiliares especializados o especializadas, cuya función será de asesoría técnico-científica.

8. Todos los órganos con atribuciones de investigación penal son auxiliares directos del Ministerio Público en el ejercicio de sus funciones. Podrá dar a los investigadores asignados o investigadoras asignadas en cada caso las instrucciones pertinentes, las cuales deberán ser cumplidas estrictamente. 9. Los funcionarios o funcionarias de investigación penal que incumplan o retarden indebidamente una orden del Ministerio Público serán sancionados o sancionadas según las leyes que les rijan.

Sobre este texto
Ley
Código Orgánico Procesal Penal (COPP) · Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021
Edición
Texto único del Código con las reformas de la Ley Orgánica de Reforma del COPP (art. 21), publicado en la Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario
Texto descargado
21 de octubre de 2026
Publicación
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela (texto único de la reforma de 2021)

Cómo citar

Artículo 514 del COPP de Venezuela. Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021. Texto según Asamblea Nacional, descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ve/copp/articulo-514/

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