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5 de julio: Día de la Independencia de Venezuela (1811)

Artículo 430del COPP de Venezuela

Efecto Suspensivo

Fuente: copia publicada por Asamblea Nacional. Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021 (reforma y texto único, art. 21 de la reforma). Descargada el 21 de octubre de 2026.

Vigencia. Texto de la Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021 (reforma y texto único, art. 21 de la reforma). Las reformas y modificaciones publicadas después en la Gaceta Oficial no están incorporadas.

La interposición de un recurso suspenderá la ejecución de la decisión, salvo que expresamente se disponga lo contrario. Cuando se trate de una decisión que otorgue la libertad al imputado, la interposición del recurso de apelación no suspenderá la ejecución de la decisión, excepto cuando se adopte en la audiencia preliminar y tratare de delitos de: homicidio intencional, violación; delitos que atenten contra la libertad, integridad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes; secuestro, delito de corrupción, delitos que causen grave daño al patrimonio público y la administración pública; tráfico de drogas de mayor cuantía, legitimación de capitales, contra el sistema financiero y delitos conexos, delitos con multiplicidad de víctimas, delincuencia organizada, violaciones graves a los derechos humanos, lesa humanidad, delitos graves contra la independencia y la seguridad de la nación y crímenes de guerra y el Ministerio Público ejerciere el recurso de apelación oralmente en la audiencia y en cuyo caso se oirá a la defensa, debiendo el juez o jueza remitirlo dentro de las 24 horas siguientes a la corte de apelaciones. En este caso, la corte de apelaciones considerará los alegatos de las partes y resolverá dentro de las 48 horas siguientes contadas a partir del recibo de las actuaciones. Si la respuesta al recurso de apelación no se produce dentro de los lapsos, decae la medida de privación de libertad y el recurso continúa su trámite.

Sobre este texto
Ley
Código Orgánico Procesal Penal (COPP) · Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021
Edición
Texto único del Código con las reformas de la Ley Orgánica de Reforma del COPP (art. 21), publicado en la Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario
Texto descargado
21 de octubre de 2026
Publicación
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela (texto único de la reforma de 2021)

Cómo citar

Artículo 430 del COPP de Venezuela. Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021. Texto según Asamblea Nacional, descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ve/copp/articulo-430/

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