Artículo 410del COPP de Venezuela
Procedencia
Fuente: copia publicada por Asamblea Nacional. Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021 (reforma y texto único, art. 21 de la reforma). Descargada el 21 de octubre de 2026.
Vigencia. Texto de la Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021 (reforma y texto único, art. 21 de la reforma). Las reformas y modificaciones publicadas después en la Gaceta Oficial no están incorporadas.
Cuando el Ministerio Público, en razón de la inimputabilidad de una persona estime que sólo corresponde aplicar una medida de seguridad, requerirá la aplicación de este procedimiento. La solicitud contendrá, en lo pertinente, los requisitos de la acusación.
Sobre este texto
- Ley
- Código Orgánico Procesal Penal (COPP) · Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021
- Edición
- Texto único del Código con las reformas de la Ley Orgánica de Reforma del COPP (art. 21), publicado en la Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario
- Texto descargado
- 21 de octubre de 2026
- Publicación
- Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela (texto único de la reforma de 2021)
Cómo citar
Artículo 410 del COPP de Venezuela. Gaceta Oficial N.º 6.644 Extraordinario, 17 de septiembre de 2021. Texto según Asamblea Nacional, descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ve/copp/articulo-410/