Artículo 6de la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 29733)
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026. Corte del texto: 7 de enero de 2017.
Vigencia. Texto oficial con corte al 7 de enero de 2017. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.
Principio de finalidad
Los datos personales deben ser recopilados para una finalidad determinada, explícita y lícita. El tratamiento de los datos personales no debe extenderse a otra finalidad que no haya sido la establecida de manera inequívoca como tal al momento de su recopilación, excluyendo los casos de actividades de valor histórico, estadístico o científico cuando se utilice un procedimiento de disociación o anonimización.
Sobre este texto
- Ley
- Ley de Protección de Datos Personales · Ley 29733
- Edición
- Texto actualizado «Normas Legales Actualizadas» de Editora Perú (cabecera del PDF), publicado por el Congreso de la República en gob.pe
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- 7 de enero de 2017
Cómo citar
Artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 29733). Ley 29733. Texto según Congreso de la República (gob.pe), texto de Editora Perú, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/pe/ley-proteccion-datos/articulo-6/