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Artículo 41de la Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069)

Texto del PDF oficial, descargado el 16 de octubre de 2026. Corte del texto: 24 de junio de 2024.

Vigencia. Texto oficial con corte al 24 de junio de 2024. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.

Plataforma Digital para las

Contrataciones Públicas (Pladicop)

41.1. Pertenece a los sistemas de información del Ministerio de Economía y Finanzas, e integra a toda plataforma que salvaguarde el acceso y disponibilidad de la información sobre contrataciones dentro del ámbito de la presente ley, regímenes especiales y contratos menores. El OECE define en el ámbito operativo las características específicas de esta integración, mediante los instrumentos técnicos correspondientes.

41.2. La Pladicop es un sistema a través del cual se gestionan las transacciones electrónicas, el intercambio de información y la difusión y transparencia de las contrataciones públicas. Las entidades contratantes registran de forma obligatoria la información correspondiente a todas las fases de los procesos de contratación en esta plataforma digital.

41.3. La Pladicop contiene información histórica de los proveedores de acuerdo a la determinación del OECE.

41.4. Las actuaciones y actos realizados en la plataforma digital tienen la misma validez y eficacia que las actuaciones y actos realizados por medios manuales, más aún los sustituyen para todos los efectos legales. Dichos actos se entienden notificados el mismo día de su publicación en la citada plataforma digital.

41.5. El OECE desarrolla y administra la Pladicop, en el marco de los principios y lineamientos del Sistema Nacional de Abastecimiento. Asimismo, es responsable de la mejora continua de la referida plataforma digital, así como de los mecanismos que garanticen su seguridad, interoperabilidad e integración. Con ese fin, gestiona periódicamente una auditoría especializada en ciberseguridad, bajo estándares internacionales.

41.6. El OECE emplea la información de la Pladicop para gestionar el conocimiento en materia de compras públicas, a través del acceso a información procesada a fin de colaborar en la adopción de decisiones de los actores de la contratación pública, así como en la mejora del rendimiento en la gestión de las contrataciones públicas.

41.7. La información procesada de la Pladicop debe ser de fácil acceso para la ciudadanía en general y representar el conocimiento compartido, a fin de facilitar la ejecución de las contrataciones públicas e impulsar la innovación.

Sobre este texto
Edición
Separata especial de El Peruano, 24 de junio de 2024 (texto original publicado)
Texto descargado
16 de octubre de 2026
Corte
24 de junio de 2024

Cómo citar

Artículo 41 de la Ley General de Contrataciones Públicas (Ley 32069). Ley 32069. Texto según El Peruano (Editora Perú), copia publicada por el Ministerio de Economía y Finanzas en gob.pe, descargado el 16 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/pe/ley-contrataciones-estado/articulo-41/

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