Artículo 28del Código Tributario del Perú
Texto del PDF oficial, descargado el 16 de octubre de 2026. Corte del texto: 26 de junio de 2026.
Vigencia. Texto oficial con corte al 26 de junio de 2026. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.
COMPONENTES DE LA DEUDA TRIBUTARIA
La Administración Tributaria exige el pago de la deuda tributaria que está constituida por el tributo, las multas y los intereses. Los intereses comprenden:
1. El interés moratorio por el pago extemporáneo del tributo a que se refiere el artículo 33;
2. El interés aplicable a las multas a que se refiere el artículo 181; y,
3. El interés por aplazamiento o fraccionamiento de pago previsto en el artículo 36.
Sobre este texto
- Ley
- Texto Único Ordenado del Código Tributario · Decreto Supremo 133-2013-EF
- Edición
- TUO publicado por SUNAT, con normas modificatorias al 26.06.2026
- Fuente oficial
- SUNAT, Decreto Supremo 133-2013-EF
- Texto descargado
- 16 de octubre de 2026
- Corte
- 26 de junio de 2026
Cómo citar
Artículo 28 del Código Tributario del Perú. Decreto Supremo 133-2013-EF. Texto según SUNAT, descargado el 16 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/pe/codigo-tributario/articulo-28/