Artículo 176del Código Tributario del Perú
Texto del PDF oficial, descargado el 16 de octubre de 2026. Corte del texto: 26 de junio de 2026.
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Vigencia. Texto oficial con corte al 26 de junio de 2026. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.
INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES
Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones y comunicaciones:
1. No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.
2. No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos.
3. Numeral 3 del artículo 176° derogado por la Primera Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N.° 1263, publicado el 10.12.2016 y vigente desde el 11.12.2016.
4. Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta o no conformes con la realidad.
5. Numeral 5 del artículo 176° derogado por la Primera Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N.° 1263, publicado el 10.12.2016 y vigente desde el 11.12.2016.
6. Numeral 6 del artículo 176° derogado por la Primera Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N.° 1263, publicado el 10.12.2016 y vigente desde el 11.12.2016.
7. Numeral 7 del artículo 176° derogado por la Primera Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N.° 1263, publicado el 10.12.2016 y vigente desde el 11.12.2016.
8. Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin tener en cuenta la forma u otras condiciones que establezca la Administración Tributaria.
Sobre este texto
- Ley
- Texto Único Ordenado del Código Tributario · Decreto Supremo 133-2013-EF
- Edición
- TUO publicado por SUNAT, con normas modificatorias al 26.06.2026
- Fuente oficial
- SUNAT, Decreto Supremo 133-2013-EF
- Texto descargado
- 16 de octubre de 2026
- Corte
- 26 de junio de 2026
Cómo citar
Artículo 176 del Código Tributario del Perú. Decreto Supremo 133-2013-EF. Texto según SUNAT, descargado el 16 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/pe/codigo-tributario/articulo-176/