LeytecaPerú

Artículo 63del Código de los Niños y Adolescentes del Perú (Ley 27337)

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026. Corte del texto: 14 de abril de 2005.

Vigencia. Texto oficial con corte al 14 de abril de 2005. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.

Trabajo doméstico o trabajo familiar no remunerado.- Los adolescentes que trabajan en el servicio doméstico o que desempeñan trabajo familiar no remunerado tienen derecho a un descanso de doce horas diarias continuas. Los empleadores, patronos, padres o parientes están en la obligación de proporcionarles todas las facilidades para garantizar su asistencia regular a la escuela. Compete al Juez especializado conocer el cumplimiento de las disposiciones referidas al trabajo de adolescentes que se realiza en domicilios.

Sobre este texto
Edición
Texto con reformas y concordancias, publicado por el Congreso de la República en gob.pe (PDF de junio de 2007)
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
14 de abril de 2005

Cómo citar

Artículo 63 del Código de los Niños y Adolescentes del Perú (Ley 27337). Ley 27337. Texto según Congreso de la República (gob.pe), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/pe/codigo-ninos-adolescentes/articulo-63/

Reportar un error en este texto

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.