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Artículo 216del Código de los Niños y Adolescentes del Perú (Ley 27337)

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026. Corte del texto: 14 de abril de 2005.

Derogado. La Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo 1348, publicado el 7 de enero de 2017, deroga este artículo. La fuente de esta ley es anterior y no lo recoge. La Única Disposición Complementaria Transitoria del mismo decreto mantiene los capítulos III a VI con aplicación ultractiva para los procesos contra adolescentes hasta la implementación progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes en cada distrito judicial. Ver el Decreto Legislativo 1348 (Congreso, PDF).

Vigencia. Texto oficial con corte al 14 de abril de 2005. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.

Derogado.

Sobre este texto
Edición
Texto con reformas y concordancias, publicado por el Congreso de la República en gob.pe (PDF de junio de 2007)
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
14 de abril de 2005

Cómo citar

Artículo 216 del Código de los Niños y Adolescentes del Perú (Ley 27337). Ley 27337. Texto según Congreso de la República (gob.pe), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/pe/codigo-ninos-adolescentes/articulo-216/

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