Artículo 29-Adel Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571)
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026. Corte del texto: 8 de enero de 2025.
Vigencia. Texto oficial con corte al 8 de enero de 2025. Reformas aplicadas hasta el 9 de julio de 2026; el inventario de reformas puede no estar completo. Las publicadas después de esa fecha, o no inventariadas, no están incorporadas todavía.
Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos (Sistema de Alertas de
Consumo) 29-A.1. El Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos llamado también Sistema de Alertas de Consumo es un conjunto de normas y procedimientos orientado a difundir información a la ciudadanía sobre riesgos no previstos o imprevisibles en productos o servicios, a fin de salvaguardar la salud y la seguridad de los consumidores o de sus bienes, de conformidad con lo dispuesto en el presente Código. 29-A.2. En el caso de que se detecte un producto o servicio peligroso, la autoridad administrativa está facultada para realizar las siguientes acciones:
a) Solicitar, consolidar y verificar información relacionada con productos y servicios peligrosos.
b) Publicar y difundir alertas de productos y servicios peligrosos.
c) Realizar monitoreo, seguimiento, actualización y verificación de las alertas publicadas y difundidas.
d) Supervisar el cumplimiento del procedimiento de comunicación de advertencias y alertas de productos y servicios peligrosos. 29-A.3. Otras acciones pueden ser incorporadas por ley u otras normas aplicables. 29-A.4. Los plazos, reglas, condiciones o restricciones sobre el Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos (Sistema de Alertas de Consumo) son establecidos en la normativa correspondiente. 29-A.5. La gestión del Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos (Sistema de Alertas de Consumo) está a cargo del Indecopi, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, sin perjuicio de que todas las entidades del Estado colaboren para alcanzar la finalidad del sistema.
Sobre este texto
- Ley
- Código de Protección y Defensa del Consumidor · Ley 29571
- Edición
- Texto del SPIJ (MINJUS), «versión actualizada proveniente del Sistema Peruano de Información Jurídica», publicado por el Indecopi en gob.pe (PDF del SPIJ web, abril de 2025). Reformas posteriores aplicadas desde El Peruano (pe-consumidor.mjs).
- Fuente oficial
- Indecopi (gob.pe), texto del SPIJ (MINJUS), Ley 29571
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- 8 de enero de 2025
Cómo citar
Artículo 29-A del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571). Ley 29571. Texto según Indecopi (gob.pe), texto del SPIJ (MINJUS), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/pe/codigo-consumidor/articulo-29-a/