Artículo 308del COIP (Código Orgánico Integral Penal) de Ecuador
Fuente: copia publicada por Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) (compilación de Ediciones Legales). Texto descargado el 21 de octubre de 2026.
Reformas citadas en las notas de la copia: R.O. 107-S, 24-XII-2019; R.O. 222-S, 4-I-2023.
Vigencia. Texto con reformas hasta el 29 de abril de 2026, según la ficha de la copia. Las reformas publicadas después en el Registro Oficial no están incorporadas.
Agiotaje.- Será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años:
1. La persona que, fraudulentamente, por reunión o coalición entre los principales tenedores de una mercancía o género haga alzar o bajar el precio de la mercadería, de los papeles, efectos o valores, con el fin de no venderlos sino por un precio determinado.
2. La persona que no pague el precio oficial mínimo de sustentación o indexación establecido por el Estado para el banano, maíz, arroz, leche cruda o cualquier otro producto agrícola o pecuario, con fines de comercialización en el mercado nacional o extranjero.
3. La que ofrezca fondos públicos o acciones u obligaciones de una sociedad o persona jurídica, afirmando o haciendo entrever hechos o circunstancias falsos.
4. La persona que, de manera habitual, a través de prácticas dolosas, atente contra el comercio justo, perjudicando a los pequeños productores de productos perecibles agrícolas, acuícolas, pesqueros y ganaderos, que no tengan aprobados precios de sustentación, desvalorizando su trabajo, y aprovechándose de su vulnerabilidad económica que les impide comercializarlos de manera regular, será sancionada con una pena privativa de libertad de uno a tres años.
Sobre este texto
- Ley
- Código Orgánico Integral Penal (COIP) · Registro Oficial Suplemento 180, 10 de febrero de 2014
- Edición
- Texto con reformas hasta el Cuarto Suplemento del Registro Oficial 275, 29 de abril de 2026
- Texto descargado
- 21 de octubre de 2026
- Compilación
- Ediciones Legales
Cómo citar
Artículo 308 del COIP (Código Orgánico Integral Penal) de Ecuador. Registro Oficial Suplemento 180, 10 de febrero de 2014. Texto según Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ec/coip/articulo-308/