Artículo 111del COIP (Código Orgánico Integral Penal) de Ecuador
Fuente: copia publicada por Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) (compilación de Ediciones Legales). Texto descargado el 21 de octubre de 2026.
Reformas citadas en las notas de la copia: R.O. 107-S, 24-XII-2019.
Vigencia. Texto con reformas hasta el 29 de abril de 2026, según la ficha de la copia. Las reformas publicadas después en el Registro Oficial no están incorporadas.
Personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario.- Para efectos de esta Sección, se considerará como personas protegidas a las definidas como tales por los instrumentos internacionales vigentes del Derecho Internacional Humanitario y, en particular, las siguientes:
1. La población civil.
2. Las personas que no participan directamente en las hostilidades o que han dejado de participar en ellas y los civiles en poder de la parte adversa.
3. El personal sanitario o religioso.
4. Los periodistas en misión o corresponsales de guerra acreditados.
5. Las personas que han depuesto las armas.
6. Las personas que, antes del inicio de las hostilidades, pertenecían a la categoría de apátridas.
7. Los asilados políticos y refugiados.
8. El personal de las Naciones Unidas y personal asociado protegido por la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y del Personal Asociado. Asimismo, al personal que utilice los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra.
9. Cualquier otra persona que tenga esta condición en virtud de los Convenios I, II, III y IV de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales como los prisioneros de guerra, los heridos y enfermos, las mujeres y los niños, así como las personas desaparecidas.
Sobre este texto
- Ley
- Código Orgánico Integral Penal (COIP) · Registro Oficial Suplemento 180, 10 de febrero de 2014
- Edición
- Texto con reformas hasta el Cuarto Suplemento del Registro Oficial 275, 29 de abril de 2026
- Texto descargado
- 21 de octubre de 2026
- Compilación
- Ediciones Legales
Cómo citar
Artículo 111 del COIP (Código Orgánico Integral Penal) de Ecuador. Registro Oficial Suplemento 180, 10 de febrero de 2014. Texto según Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ec/coip/articulo-111/