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10 de agosto: Primer Grito de Independencia del Ecuador (1809)

Artículo 159del Código del Trabajo de Ecuador

Fuente: copia publicada por Registro Municipal de la Propiedad de Playas (compilación de LEXIS). Texto descargado el 21 de octubre de 2026.

Vigencia. Texto con reformas hasta el 1 de agosto de 2025, según la ficha de la copia. Las reformas publicadas después en el Registro Oficial no están incorporadas.

Jornada del aprendiz.- La jornada del aprendiz se sujetará a las disposiciones relativas al trabajo en general y al de menores, en su caso.

Qué significa

El artículo 159 del Código del Trabajo regula la jornada del aprendiz. Es una norma breve. No crea un horario propio para el aprendizaje.

El aprendiz es la persona que trabaja para aprender un arte, un oficio o una forma de trabajo. Lo hace bajo la guía de un maestro o de un empleador. La jornada es el tiempo diario que dedica a esa labor.

El artículo fija una regla de remisión. La jornada del aprendiz sigue las disposiciones sobre el trabajo en general. Así, el aprendiz no queda fuera de las reglas comunes de la jornada laboral.

El texto agrega una segunda fuente. Cuando corresponda, también se aplican las disposiciones sobre el trabajo de menores. La expresión "en su caso" indica que esto ocurre solo si el aprendiz es menor de edad. Si el aprendiz es adulto, rigen únicamente las reglas generales.

La norma afecta a dos partes. El empleador debe respetar esos límites al organizar el horario del aprendiz. El aprendiz puede exigir que su jornada cumpla esas mismas disposiciones. El artículo no detalla horas ni excepciones. Esos detalles están en las reglas a las que remite.

En resumen, la jornada del aprendiz sigue las normas generales del trabajo. Si es menor, sigue también las normas sobre el trabajo de menores.

Explicación en palabras sencillas, escrita a partir de este texto. No es asesoría legal. Cómo la escribimos.

Sobre este texto
Ley
Código del Trabajo · Codificación 2005-017, Registro Oficial Suplemento 167, 16 de diciembre de 2005
Edición
Texto con reformas hasta el 1 de agosto de 2025 (fecha de última reforma de la ficha)
Texto descargado
21 de octubre de 2026
Compilación
LEXIS

Cómo citar

Artículo 159 del Código del Trabajo de Ecuador. Codificación 2005-017, Registro Oficial Suplemento 167, 16 de diciembre de 2005. Texto según Registro Municipal de la Propiedad de Playas, descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ec/codigo-trabajo/articulo-159/

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