LeytecaColombia

20 de julio: Día de la Independencia de Colombia (1810)

Artículo 217del Código de Policía de Colombia (Ley 1801 de 2016)

MEDIOS DE PRUEBA

Texto de la copia oficial del Senado, consultada el 21 de octubre de 2026. Corte del texto: 15 de octubre de 2026.

Vigencia. Texto de la copia del Senado con corte al 15 de octubre de 2026. Las reformas publicadas después de esa fecha no están incorporadas todavía.

Son medios de prueba del proceso único de Policía los siguientes:

1. El informe de Policía.

2. Los documentos.

3. El testimonio.

4. La entrevista.

5. La inspección.

6. El peritaje.

7. Los demás medios consagrados en la Ley 1564 de 2012

La práctica de los medios probatorios se ceñirá a los términos y procedimientos establecidos en el presente Código.

Sobre este texto
Edición
Copia del Senado de la República (Avance Jurídico), con reformas
Texto descargado
21 de octubre de 2026
Corte
15 de octubre de 2026

Cómo citar

Artículo 217 del Código de Policía de Colombia (Ley 1801 de 2016). Ley 1801 de 2016. Texto según Senado de la República de Colombia (Secretaría del Senado), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/co/codigo-policia/articulo-217/

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