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9 de julio: Día de la Independencia de la Argentina (1816)

Artículo 158de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744)

Texto actualizado de InfoLEG (Ministerio de Justicia de la Nación), descargado el 21 de octubre de 2026.

Vigencia. Texto actualizado de InfoLEG, descargado el 21 de octubre de 2026. Las reformas publicadas después de esa fecha, o que InfoLEG no haya incorporado, no están en este texto.

Clases.

El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:

a) Por nacimiento de hijo, dos (2) días corridos.

b) Por matrimonio, diez (10) días corridos.

c) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o de padres, tres (3) días corridos.

d) Por fallecimiento de hermano, un (1) día.

e) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario.

Qué significa

El artículo 158 de la Ley de Contrato de Trabajo enumera las licencias especiales del trabajador. Son permisos para ausentarse del trabajo por ciertos hechos de la vida personal o por estudios.

Por el nacimiento de un hijo corresponden dos días corridos. Por matrimonio corresponden diez días corridos.

Por la muerte del cónyuge, de un hijo o de los padres corresponden tres días corridos. La misma licencia alcanza a la persona con quien el trabajador convivía en «aparente matrimonio», según las condiciones que fija la propia ley. Por la muerte de un hermano corresponde un día.

Para rendir exámenes de enseñanza media o universitaria corresponden dos días corridos por cada examen. Esta licencia tiene un máximo de diez días por año calendario.

Días corridos significa que se cuentan todos los días seguidos del calendario, sin saltear los fines de semana ni los feriados. El artículo indica cada causa y la cantidad de días que le corresponde, de modo que cada situación tiene su propio plazo. En resumen, el artículo fija qué hechos dan derecho a una licencia especial y cuántos días dura cada una.

Explicación en palabras sencillas, escrita a partir de este texto. No es asesoría legal. Cómo la escribimos.

Sobre este texto
Ley
Ley de Contrato de Trabajo · Ley 20.744 (texto ordenado por Decreto 390/1976)
Edición
Texto actualizado de InfoLEG, con las reformas incorporadas por InfoLEG
Texto descargado
21 de octubre de 2026
Corte
21 de octubre de 2026

Cómo citar

Artículo 158 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744). Ley 20.744 (texto ordenado por Decreto 390/1976). Texto según InfoLEG · Ministerio de Justicia de la Nación (Argentina), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ar/ley-contrato-trabajo/articulo-158/

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