Disposición transitoria decimoquintade la Constitución Nacional
Texto oficial de la Ley 24.430 en InfoLEG (Ministerio de Justicia de la Nación), descargado el 21 de octubre de 2026.
Vigencia. Texto oficial de la Ley 24.430 en InfoLEG, descargado el 21 de octubre de 2026. Las reformas publicadas después de esa fecha, o que InfoLEG no haya incorporado, no están en este texto.
Hasta tanto se constituyan los poderes que surjan del nuevo régimen de autonomía de la ciudad de Buenos Aires, el Congreso ejercerá una legislación exclusiva sobre su territorio, en los mismos términos que hasta la sanción de la presente.
El jefe de Gobierno será elegido durante el año mil novecientos noventa y cinco.
La ley prevista en los párrafos segundo y tercero del Artículo 129, deberá ser sancionada dentro del plazo de doscientos setenta días a partir de la vigencia de esta Constitución
Hasta tanto se haya dictado el Estatuto Organizativo la designación y remoción de los jueces de la ciudad de Buenos Aires se regirá por las disposiciones de los arts. 114 y 115 de esta Constitución.
(Corresponde al Artículo 129)
Sobre este texto
- Ley
- Constitución Nacional · Constitución de la Nación Argentina (texto oficial de la Ley 24.430)
- Edición
- Texto de la norma en InfoLEG (Ley 24.430, texto ordenado de 1994; sin reformas posteriores)
- Texto descargado
- 21 de octubre de 2026
- Corte
- 21 de octubre de 2026
Cómo citar
Disposición transitoria decimoquinta de la Constitución Nacional. Constitución de la Nación Argentina (texto oficial de la Ley 24.430). Texto según InfoLEG · Ministerio de Justicia de la Nación (Argentina), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ar/constitucion/disposicion-transitoria-decimoquinta/