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9 de julio: Día de la Independencia de la Argentina (1816)

Artículo 31de la Constitución Nacional

Texto oficial de la Ley 24.430 en InfoLEG (Ministerio de Justicia de la Nación), descargado el 21 de octubre de 2026.

Vigencia. Texto oficial de la Ley 24.430 en InfoLEG, descargado el 21 de octubre de 2026. Las reformas publicadas después de esa fecha, o que InfoLEG no haya incorporado, no están en este texto.

Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales, salvo para la provincia de Buenos Aires, los tratados ratificados después del Pacto de 11 de noviembre de 1859.

Qué significa

El artículo 31 de la Constitución Nacional establece cuál es la «ley suprema de la Nación». Reúne en ese nivel tres tipos de normas: la propia Constitución, las leyes que el Congreso dicta en su consecuencia y los tratados con potencias extranjeras.

La expresión «en su consecuencia» es importante. Indica que solo alcanzan esa jerarquía las leyes nacionales que se dictan de acuerdo con la Constitución. Una ley contraria a ella no tendría ese respaldo.

El artículo luego fija la relación con las provincias. Sus autoridades deben ajustarse a esa ley suprema. Esto vale aunque una ley o una constitución provincial diga lo contrario. Así, el derecho nacional prevalece sobre las normas locales que lo contradigan.

El texto incluye una excepción para la provincia de Buenos Aires. Esa excepción se refiere a los tratados ratificados después del Pacto de 11 de noviembre de 1859. El artículo no explica el contenido de ese pacto; solo lo menciona como punto de referencia. El artículo no ordena de forma detallada la relación entre la Constitución, las leyes y los tratados entre sí. Su función principal es afirmar la supremacía del orden nacional frente a las provincias.

En resumen, el artículo 31 coloca a la Constitución, las leyes nacionales y los tratados en la cima del orden jurídico y obliga a las provincias a respetarlos.

Explicación en palabras sencillas, escrita a partir de este texto. No es asesoría legal. Cómo la escribimos.

Sobre este texto
Ley
Constitución Nacional · Constitución de la Nación Argentina (texto oficial de la Ley 24.430)
Edición
Texto de la norma en InfoLEG (Ley 24.430, texto ordenado de 1994; sin reformas posteriores)
Texto descargado
21 de octubre de 2026
Corte
21 de octubre de 2026

Cómo citar

Artículo 31 de la Constitución Nacional. Constitución de la Nación Argentina (texto oficial de la Ley 24.430). Texto según InfoLEG · Ministerio de Justicia de la Nación (Argentina), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ar/constitucion/articulo-31/

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