Artículo 841del Código Civil y Comercial de la Nación
Texto actualizado de InfoLEG (Ministerio de Justicia de la Nación), descargado el 21 de octubre de 2026.
Vigencia. Texto actualizado de InfoLEG, descargado el 21 de octubre de 2026. Las reformas publicadas después de esa fecha, o que InfoLEG no haya incorporado, no están en este texto.
Determinación de la cuota de contribución. Las cuotas de contribución se determinan sucesivamente de acuerdo con:
a) lo pactado;
b) la fuente y la finalidad de la obligación o, en su caso, la causa de la responsabilidad;
c) las relaciones de los interesados entre sí;
d) las demás circunstancias.
Si por aplicación de estos criterios no es posible determinar las cuotas de contribución, se entiende que participan en partes iguales.
Sobre este texto
- Ley
- Código Civil y Comercial de la Nación · Ley 26.994
- Edición
- Texto actualizado de InfoLEG, con las reformas incorporadas por InfoLEG
- Texto descargado
- 21 de octubre de 2026
- Corte
- 21 de octubre de 2026
Cómo citar
Artículo 841 del Código Civil y Comercial de la Nación. Ley 26.994. Texto según InfoLEG · Ministerio de Justicia de la Nación (Argentina), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ar/codigo-civil-comercial/articulo-841/