Artículo 1921del Código Civil y Comercial de la Nación
Texto actualizado de InfoLEG (Ministerio de Justicia de la Nación), descargado el 21 de octubre de 2026.
Vigencia. Texto actualizado de InfoLEG, descargado el 21 de octubre de 2026. Las reformas publicadas después de esa fecha, o que InfoLEG no haya incorporado, no están en este texto.
Posesión viciosa. La posesión de mala fe es viciosa cuando es de cosas muebles adquiridas por hurto, estafa, o abuso de confianza; y cuando es de inmuebles, adquiridos por violencia, clandestinidad, o abuso de confianza. Los vicios de la posesión son relativos respecto de aquel contra quien se ejercen. En todos los casos, sea por el mismo que causa el vicio o por sus agentes, sea contra el poseedor o sus representantes.
Sobre este texto
- Ley
- Código Civil y Comercial de la Nación · Ley 26.994
- Edición
- Texto actualizado de InfoLEG, con las reformas incorporadas por InfoLEG
- Texto descargado
- 21 de octubre de 2026
- Corte
- 21 de octubre de 2026
Cómo citar
Artículo 1921 del Código Civil y Comercial de la Nación. Ley 26.994. Texto según InfoLEG · Ministerio de Justicia de la Nación (Argentina), descargado el 21 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/ar/codigo-civil-comercial/articulo-1921/