# Artículo 4, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Ley: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Decreto 170-2006). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-transparencia/
Ubicación: CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Fuente: Poder Judicial (CEDIJ), con las reformas del Decreto 64-2007, https://www.poderjudicial.gob.hn/Transparencia/Leyes/Leyes%20Generales/Ley%20de%20Transparencia%20y%20Acceso%20a%20la%20Informaci%C3%B3n%20P%C3%BAblica.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

DEBER DE INFORMAR Y DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Todas las instituciones obligadas deberán publicar la información relativa a su gestión o, en su caso, brindar toda la información concerniente a la aplicación de los fondos públicos que administren o hayan sido garantizados por el Estado.

Sin perjuicio de lo previsto en la Ley de Contratación del Estado en relación con las publicaciones, todos los procedimientos de selección de contratistas y los contratos celebrados, se divulgarán obligatoriamente en el sitio de Internet que administre la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones (ONCAE). A este efecto, los titulares de los órganos o instituciones públicas quedan obligados a remitir la información respectiva. A su vez, toda persona natural o jurídica, tiene derecho a solicitar y a recibir de las Instituciones Obligadas, información completa, veraz, adecuada y oportuna en los límites y condiciones establecidos en esta Ley.

## Del mismo capítulo

- Artículo 1 (https://leyteca.com/hn/ley-transparencia/articulo-1/)
- Artículo 2 (https://leyteca.com/hn/ley-transparencia/articulo-2/)
- Artículo 3 (https://leyteca.com/hn/ley-transparencia/articulo-3/)
- Artículo 5 (https://leyteca.com/hn/ley-transparencia/articulo-5/)
- Artículo 6 (https://leyteca.com/hn/ley-transparencia/articulo-6/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-transparencia/articulo-4/

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