# Artículo 95, Ley del Seguro Social

Ley: Ley del Seguro Social (Decreto 140-59). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/
Ubicación: CAPÍTULO VI DISPOSICIONES DIVERSAS
Fuente: TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20del%20IHSS.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

En la percepción de las cotizaciones serán aplicadas, como normas supletorias las disposiciones de la ley del Impuesto Sobre la Renta.

## Del mismo capítulo

- Artículo 92 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-92/)
- Artículo 93 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-93/)
- Artículo 94 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-94/)
- Artículo 96 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-96/)
- Artículo 97 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-97/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-95/

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.
