# Artículo 73, Ley del Seguro Social

Ley: Ley del Seguro Social (Decreto 140-59). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/
Ubicación: CAPÍTULO IV DE LOS RECURSOS Y DE LA ORGANIZACION FINANCIERA · REVISIONES ACTUARIALES
Fuente: TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20del%20IHSS.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

Se harán periódicamente por lo menos cada cinco años revisiones actuariales de acuerdo con los resultados de estas y de las correspondientes investigaciones estadísticas, El Instituto adoptará las medidas pertinentes para rectificar las bases actuariales, o modificar las prestaciones o las cotizaciones según el caso.

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-73/

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.
