# Artículo 66, Ley del Seguro Social

Ley: Ley del Seguro Social (Decreto 140-59). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/
Ubicación: CAPÍTULO IV DE LOS RECURSOS Y DE LA ORGANIZACION FINANCIERA · B. DE LAS INVERSIONES
Fuente: TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20del%20IHSS.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

Las inversiones de los fondos del Instituto deberán hacerse en las mejores condiciones de seguridad y rendimiento, dando preferencia en igualdad de condiciones, a las que garanticen mayor utilidad social y económicas.

## Del mismo capítulo

- Artículo 67 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-67/)
- Artículo 68 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-68/)
- Artículo 68-A (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-68-a/)
- Artículo 68-B (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-68-b/)
- Artículo 69 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-69/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-66/

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