# Artículo 63, Ley del Seguro Social

Ley: Ley del Seguro Social (Decreto 140-59). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/
Ubicación: CAPÍTULO IV DE LOS RECURSOS Y DE LA ORGANIZACION FINANCIERA
Fuente: TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20del%20IHSS.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

Las cotizaciones de los patronos no podrán ser deducidas en forma alguna de los salarios de los asegurados, y será absolutamente nulo todo convenio en contra. El patrono que infringiere esta disposición será sancionado de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 84 de la presente Ley.

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