# Artículo 61, Ley del Seguro Social

Ley: Ley del Seguro Social (Decreto 140-59). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/
Ubicación: CAPÍTULO IV DE LOS RECURSOS Y DE LA ORGANIZACION FINANCIERA
Fuente: TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20del%20IHSS.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

Las cotizaciones de los trabajadores y los empleadores como tales y el Estado retenidas por los empleadores y no enteradas al instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) en los plazos señalados en la presente Ley y sus Reglamentos, dará derecho al Instituto de imponer los recargos correspondientes por mora y a incoar las acciones legales que en derecho procedieren.

Los recargos por mora a que se refiere el párrafo precedente, en ningún momento serán menores que el promedio de las tasas máximas activas de interés vigente en el Sistema Financiero Nacional.

## Del mismo capítulo

- Artículo 58 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-58/)
- Artículo 59 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-59/)
- Artículo 60 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-60/)
- Artículo 62 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-62/)
- Artículo 63 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-63/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-61/

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