# Artículo 54, Ley del Seguro Social

Ley: Ley del Seguro Social (Decreto 140-59). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/
Ubicación: CAPÍTULO IV DE LOS RECURSOS Y DE LA ORGANIZACION FINANCIERA
Fuente: TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20del%20IHSS.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

Los recursos del Instituto estarán constituidos por:

1) Las cotizaciones pagadas por patronos y trabajadores incluyendo las que pague El Gobirno en su carácter de patrono de los funcionarios y empleados públicos;

2) Las cotizaciones pagadas por las entidades descentralizadas, desconcentradas, autónomas y semiautónomas, incluyendo las municipalidades en su condición de patronos;

3) Las utilidades de las inversiones;

4) El producto de las multas y recargos establecidos por esta Ley y su reglamento;

5) Los bienes muebles e inmuebles y recursos que por otras disposiciones legales se generen a favor del Instituto;

6) Las herencias legados y donaciones a favor del Instituto; y,

7) Subvención o subsidios y aportes que otorgare el Estado.

## Del mismo capítulo

- Artículo 55 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-55/)
- Artículo 55-A (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-55-a/)
- Artículo 55-B (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-55-b/)
- Artículo 56 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-56/)
- Artículo 57 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-57/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-54/

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.
