# Artículo 28, Ley del Seguro Social

Ley: Ley del Seguro Social (Decreto 140-59). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/
Ubicación: CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACION DEL SEGURO SOCIAL · SECCIÓN III DEL SUB-DIRECTOR EJECUTIVO
Fuente: TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20del%20IHSS.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

El Subdirector Ejecutivo será nombrado por el Presidente de la República conforme a una terna propuesta por la Junta Directiva y será removido a solicitud de la misma, debiendo reunir los mismos requisitos exigidos para el Director Ejecutivo. Durará en sus funciones hasta cuatro años (4) pudiendo ser reelecto.

## Del mismo capítulo

- Artículo 29 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-29/)
- Artículo 30 (https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-30/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-28/

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