# Artículo 19, Ley de Procedimiento Administrativo

Ley: Ley de Procedimiento Administrativo (Decreto 152-87). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/
Ubicación: TÍTULO SEGUNDO LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA · CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20de%20Procedimiento%20Administrativo.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

Los órganos administrativos desarrollarán su actividad, sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el Artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y con arreglo a normas de economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronto y efectiva satisfacción del interés general. En los casos que la Ley atribuya a los órganos potestades discrecionales, se procederá dentro de los límites de las mismas y en función del fin para el que hubieren sido atribuidas.

## Del mismo capítulo

- Artículo 20 (https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-20/)
- Artículo 21 (https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-21/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-19/

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