# Artículo 11, Ley de Procedimiento Administrativo

Ley: Ley de Procedimiento Administrativo (Decreto 152-87). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/
Ubicación: TÍTULO PRIMERO COMPETENCIA · CAPÍTULO II CUESTIONES DE LA COMPETENCIA
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20de%20Procedimiento%20Administrativo.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

En los conflictos que se suscitaren entre órganos de una misma Secretaría de Estado, se procederá conforme a las reglas siguientes:

a) El órgano que se considere competente, requerirá de inhibición al que conozca del asunto, quien suspenderá el procedimiento y remitirá acto seguido, las actuaciones al superior común inmediato; éste decidirá sobre la competencia, en el plazo de diez días hábiles. b. En el caso previsto en el párrafo segundo del Artículo 7, el órgano a quien se remite el expediente dictará providencia acerca de su competencia, en el plazo de tres días hábiles. Si se considera incompetente, remitirá el expediente con su informe, en el plazo de tres días al inmediato superior común, quien resolverá en el plazo de ocho días hábiles.

## Del mismo capítulo

- Artículo 10 (https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-10/)
- Artículo 12 (https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-12/)
- Artículo 13 (https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-13/)
- Artículo 14 (https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-14/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-11/

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