# Artículo 93, Ley de Municipalidades

Ley: Ley de Municipalidades (Decreto 134-90). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/
Ubicación: TÍTULO V DE LA HACIENDA MUNICIPAL · CAPÍTULO VI DEL PRESUPUESTO
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley_de_Municipalidades.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

El Presupuesto de Egresos debe contener una clara descripción de los programas, sub-programas, actividades y tareas, debiendo hacerse referencia en el mismo, a los documentos de apoyo y consignarse las asignaciones siguientes:

1) Plan financiero completo para el año económico respectivo;

2) Un resumen general de los gastos por concepto de sueldos; salarios, jornales, materiales y equipo y obligaciones por servicios;

3) Pago a instituciones públicas, como el Instituto Hondureño de Seguridad Social, Instituto de Formación Profesional, Banco Municipal Autónomo, Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo, Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillados, Empresa Nacional de Energía Eléctrica u otras;

4) Los gastos a que estuviere legalmente obligado el Municipio por contratos celebrados;

5) Inversiones y proyectos;

6) Transferencias al Cuerpo de Bomberos del municipio;

7) Otros gastos por obligaciones contraídas; y, Otros gastos de funcionamiento. 8)

## Del mismo capítulo

- Artículo 92 (https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-92/)
- Artículo 94 (https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-94/)
- Artículo 95 (https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-95/)
- Artículo 96 (https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-96/)
- Artículo 97 (https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-97/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-93/

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