# Artículo 67-C, Ley de Municipalidades

Ley: Ley de Municipalidades (Decreto 134-90). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/
Ubicación: TÍTULO IV TERRITORIO, POBLACION Y ORGANIZACION · CAPÍTULO XIII DEL PERÍODO DE TRANSICIÓN Y TRASPASO DE GOBIERNO MUNICIPAL
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley_de_Municipalidades.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.
Última reforma: Decreto 143-2009, Gaceta No. 32,121, del 2010-01-23.

La ceremonia del traspaso de mando estará a cargo de la Comisión de Transición y Traspaso de Gobierno Municipal presidida por el Alcalde saliente e integrada por representantes de ambas partes. El acto final de esta etapa será la juramentación de la nueva Corporación Municipal, de conformidad con la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas. Una vez agotada la agenda aprobada, el Secretario Municipal dará lectura al acta levantada, la cual será firmada por la Corporación Municipal saliente y la Corporación Municipal entrante. Las disposiciones anteriores serán desarrolladas y complementadas en disposiciones reglamentarias y en manuales específicos elaborados y aprobados por la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON).

## Del mismo capítulo

- Artículo 67-A (https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-67-a/)
- Artículo 67-B (https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-67-b/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-67-c/

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