# Artículo 107, Ley de Municipalidades

Ley: Ley de Municipalidades (Decreto 134-90). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/
Ubicación: TÍTULO VII DE LA PRESCRIPCION · CAPÍTULO ÚNICO
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley_de_Municipalidades.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

Cuando la prescripción ocurriere por negligencia atribuida a funcionarios o a empleados municipales, serán éstos responsables de los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado a las Municipalidades.

## Del mismo capítulo

- Artículo 106 (https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-106/)
- Artículo 108 (https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-108/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-municipalidades/articulo-107/

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.
