# Artículo 24, Ley sobre Justicia Constitucional

Ley: Ley sobre Justicia Constitucional (Decreto 244-2003). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/
Ubicación: TÍTULO II DE LAS ACCIONES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES · CAPÍTULO II DE LA ACCIÓN DE EXHIBICIÓN PERSONAL Y DE HABEAS DATA · SECCIÓN II DE LA COMPETENCIA
Fuente: TSC (copia del CEDIJ del Poder Judicial; La Gaceta n.º 30,792, 30 de agosto de 2004), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20Sobre%20Justicia%20Constitucional%20(07).pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

DE LAS PRIVACIONES DE LIBERTAD QUE SE CONSIDERAN ILEGALES Y ARBITRARIAS. Es ilegal y arbitraria:

1) Toda orden verbal de prisión o arresto, salvo si tiene como finalidad impedir la inminente comisión de un delito, la fuga de quienes hayan participado en aquél o evitar daños graves a las personas o a la propiedad;

2) Toda orden de prisión o arresto que no emane de autoridad competente o que haya sido expedida sin las formalidades legales o por motivos que no hayan sido previamente establecidos en la ley; y,

3) Toda detención o arresto que no se cumpla en los centros destinados para el efecto por el Estado.

## Del mismo capítulo

- Artículo 19 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-19/)
- Artículo 20 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-20/)
- Artículo 21 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-21/)
- Artículo 22 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-22/)
- Artículo 23 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-23/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-24/

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.
