# Artículo 122, Ley sobre Justicia Constitucional

Ley: Ley sobre Justicia Constitucional (Decreto 244-2003). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/
Ubicación: TÍTULO VII DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Fuente: TSC (copia del CEDIJ del Poder Judicial; La Gaceta n.º 30,792, 30 de agosto de 2004), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Ley%20Sobre%20Justicia%20Constitucional%20(07).pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

DE LA SECRETARIA DE LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL. Se crea la Secretaría de la Sala Constitucional, en atención al papel fundamental de ser guardián de la Constitucionalidad de las leyes y protector de la Justicia Constitucional y para tal efecto contará con los funcionarios y personal que determine su reglamento interno.

## Del mismo capítulo

- Artículo 119 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-119/)
- Artículo 120 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-120/)
- Artículo 121 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-121/)
- Artículo 123 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-123/)
- Artículo 124 (https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-124/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-122/

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