# Artículo 26, Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP)

Ley: Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) (Decreto 357-2013). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/
Ubicación: TÍTULO III PATRIMONIO Y FINANCIAMIENTO DEL INJUPEMP · CAPÍTULO I PATRIMONIO Y FINANCIAMIENTO
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 33,398, 5-abr-2014), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Nueva_Ley_de_INJUPEMP_2014.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

RECURSOS Y GASTOS DEL INJUPEMP.- Las aportaciones, cotizaciones y demás Recursos Económicos de El Instituto, están destinados exclusivamente para cubrir el costo de las prestaciones que éste concede, la constitución de las reservas técnicas y los gastos de administración de El Instituto. Los gastos de administración de El Instituto deben ser los que correspondan a una estructura de gobierno corporativo óptima, de acuerdo a su tamaño y gestión operativa, debiendo reflejarse en la calidad y eficiencia de los servicios, así como en la austeridad en el control de los gastos administrativos. El incremento salarial anual que de forma general sea aprobado, y que reciban los empleados de El Instituto, no debe ser en ningún caso superior al cien por ciento (100%) del porcentaje global del incremento a las pensiones, más dos puntos porcentuales (2%) que puede ser otorgado vía bonificación única o incremento, siempre que verdaderamente sea el producto de una evaluación adecuada de méritos y desempeño profesional. Las convenciones colectivas deben ser revisables cuando sobrevengan imprevistos y graves alteraciones de la normalidad económica, financiera o actuarial de El Instituto. Cuando no haya acuerdo entre las partes, acerca de la revisión fundada en tales alteraciones, corresponde a la justicia del trabajo decidir sobre ellas, y entre tanto estas convenciones siguen en todo su vigor.

## Del mismo capítulo

- Artículo 24 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-24/)
- Artículo 25 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-25/)
- Artículo 27 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-27/)
- Artículo 28 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-28/)
- Artículo 29 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-29/)

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