# Artículo 128, Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP)

Ley: Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) (Decreto 357-2013). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/
Ubicación: TÍTULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS · CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 33,398, 5-abr-2014), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Nueva_Ley_de_INJUPEMP_2014.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

DEROGACIÓN DE LA LEY: Queda derogada la Ley de Jubilaciones y Pensiones para los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo, contenida en el Decreto No. 138 vigente desde el 7 de Abril de 1971, y todos los demás decretos y disposiciones que se opongan a la presente Ley.

## Del mismo capítulo

- Artículo 124 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-124/)
- Artículo 125 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-125/)
- Artículo 126 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-126/)
- Artículo 127 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-127/)
- Artículo 129 (https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-129/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-128/

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