# Artículo 317, Ley Electoral

Ley: Ley Electoral (Decreto 35-2021). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/
Ubicación: TÍTULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES · CAPÍTULO I DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-35-2021.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

FRANQUICIA POSTAL Y TELEFÓNICA El Consejo Nacional Electoral (CNE) goza de franquicia postal, telegráfica, télex, fax, líneas telefónicas, líneas directas, línea limpia para teleproceso remoto de los sistemas de comunicación computarizada, canales de voz y datos, frecuencias de radio enlace, correo electrónico e internet y cualquier otro medio oficial, para comunicarse dentro del territorio nacional y en el extranjero, desde la convocatoria hasta la declaratoria de las elecciones primarias y generales.

## Del mismo capítulo

- Artículo 314 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-314/)
- Artículo 315 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-315/)
- Artículo 316 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-316/)
- Artículo 318 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-318/)
- Artículo 319 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-319/)

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