# Artículo 264, Ley Electoral

Ley: Ley Electoral (Decreto 35-2021). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/
Ubicación: TÍTULO VIII PRÁCTICAS DE LAS ELECCIONES CÁPITULO I PRÁCTICA DE LAS ELECCIONES
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-35-2021.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

NEGATIVA DEL ELECTOR A QUE SE LE APLIQUE TINTA INDELEBLE El elector que se niegue a que se le aplique tinta indeleble, está sujeto a detención preventiva por el tiempo que reste para finalizar la votación, debiendo el presidente de la Junta Receptora de

Votos retener el documento nacional de identificación respectivo, anotar el hecho en la hoja de incidencia y solicitar el auxilio de la fuerza pública para los efectos de la detención preventiva del infractor.

## Del mismo capítulo

- Artículo 260 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-260/)
- Artículo 261 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-261/)
- Artículo 262 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-262/)
- Artículo 263 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-263/)
- Artículo 265 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-265/)

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