# Artículo 248, Ley Electoral

Ley: Ley Electoral (Decreto 35-2021). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/
Ubicación: TÍTULO VII REGULACIONES DE CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL · CAPÍTULO III REUNIONES PÚBLICAS Y MANIFESTACIONES POLÍTICAS Y OTRAS ACTIVIDADES
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-35-2021.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

TRANSPORTE PÚBLICO EL DÍA DE LAS ELECCIONES. El día de las elecciones, los dueños del transporte público con ruta asignada, deben prestar el servicio como si fuera un día ordinario de trabajo. La suspensión del servicio será sancionada conforme a esta Ley.

## Del mismo capítulo

- Artículo 243 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-243/)
- Artículo 244 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-244/)
- Artículo 245 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-245/)
- Artículo 246 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-246/)
- Artículo 247 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-247/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-248/

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