# Artículo 176, Ley Electoral

Ley: Ley Electoral (Decreto 35-2021). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/
Ubicación: TÍTULO VI PROCESOS ELECTORALES ELECIONES INTERNAS, PRIMARIAS Y GENERALES · CAPÍTULO I ELECCIONES INTERNAS
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-35-2021.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

FECHA Y FINANCIAMIENTO DE ELECCIONES INTERNAS. Las elecciones internas de los Partidos Políticos se celebran en la fecha que determinen sus estatutos o simultáneamente con las elecciones primarias. La misma obligatoriedad se debe observar siempre que la elección de autoridades internas sea por voto directo y secreto. En caso de que éstas se practiquen en fecha diferente a la elección primaria, deben ser financiadas exclusivamente por cada partido político. En caso de que las elecciones internas se realicen de manera simultánea con las elecciones primarias, la documentación y el material electoral que se necesite durante el proceso en la Junta Receptora de Votos serán financiados por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

## Del mismo capítulo

- Artículo 171 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-171/)
- Artículo 172 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-172/)
- Artículo 173 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-173/)
- Artículo 174 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-174/)
- Artículo 175 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-175/)

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