# Artículo 111, Ley Electoral

Ley: Ley Electoral (Decreto 35-2021). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/
Ubicación: TÍTULO V FORMAS DE ASOCIACIÓN POLÍTICA · CAPÍTULO I DIPOSICIONES COMUNES
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-35-2021.pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

TIPOS DE ASOCIACIÓN POLÍTICA ELECTORAL. Son asociaciones políticas electorales, las siguientes:

1) Los partidos políticos;

2) Las alianzas de los partidos políticos;

3) Los movimientos internos de los partidos políticos; y,

4) Las candidaturas independientes; Siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley, los partidos políticos son organizaciones permanentes; en cambio, las alianzas de partidos políticos, movimientos internos de los partidos políticos y las candidaturas independientes son temporales.

## Del mismo capítulo

- Artículo 110 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-110/)
- Artículo 112 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-112/)
- Artículo 113 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-113/)
- Artículo 114 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-114/)
- Artículo 115 (https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-115/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-111/

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