# Artículo 78, Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad

Ley: Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad (Decreto 160-2005). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/
Ubicación: CAPÍTULO XIII DISPOSICONES FINALES
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/LEY%20DE%20EQUIDAD%20Y%20DESARROLLO%20INTEGRAL%20PARA%20LAS%20PERSONAS%20CON%20DISCAPACIDAD..pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

ORGANIZACIÓN DE ACUERDOS A LAS NECESIDADES. La Secretaría de Registro, la Unidad de Planificación y la Unidad Técnica, se organizarán de acuerdo a las necesidades que se presenten en la Dirección, siguiendo el espíritu general de la presente Ley.

## Del mismo capítulo

- Artículo 76 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-76/)
- Artículo 77 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-77/)
- Artículo 79 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-79/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-78/

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.
