# Artículo 76, Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad

Ley: Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad (Decreto 160-2005). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/
Ubicación: CAPÍTULO XIII DISPOSICONES FINALES
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/LEY%20DE%20EQUIDAD%20Y%20DESARROLLO%20INTEGRAL%20PARA%20LAS%20PERSONAS%20CON%20DISCAPACIDAD..pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

ASIGNACIONES. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas debe mantener las asignaciones presupuestarias hasta ahora otorgadas para atender las necesidades de diferentes centros que trabajan en el sector de personas con discapacidad, según Resolución No. 235 emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, el 01 de julio del 2002, sin perjuicio de otras asignaciones o subvenciones que se otorguen o puedan otorgarse.

## Del mismo capítulo

- Artículo 77 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-77/)
- Artículo 78 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-78/)
- Artículo 79 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-79/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-76/

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