# Artículo 65, Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad

Ley: Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad (Decreto 160-2005). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/
Ubicación: CAPÍTULO VIII DEL DIRECTOR Y SUBDIRECTOR
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/LEY%20DE%20EQUIDAD%20Y%20DESARROLLO%20INTEGRAL%20PARA%20LAS%20PERSONAS%20CON%20DISCAPACIDAD..pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

FUNCIONES DEL SUB-DRECTOR(A): Son funciones del Sub-Director(a):

1) Sustituir en sus funciones al Director(a) en caso de ausencia temporal; y,

2) Coordinación con el Director(a) el funcionamiento de la Dirección de Desarrollo para las Personas con Discapacidad;

## Del mismo capítulo

- Artículo 62 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-62/)
- Artículo 63 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-63/)
- Artículo 64 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-64/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-65/

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