# Artículo 63, Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad

Ley: Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad (Decreto 160-2005). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/
Ubicación: CAPÍTULO VIII DEL DIRECTOR Y SUBDIRECTOR
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/LEY%20DE%20EQUIDAD%20Y%20DESARROLLO%20INTEGRAL%20PARA%20LAS%20PERSONAS%20CON%20DISCAPACIDAD..pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

REQUISITOS PARA SER DIRECTOR(A) Y SUBDIRECTOR(A). Para ser Director(a) y Subdirector(a) se requiere:

1) Ser hondureño(a) por nacimiento en ejercicio de sus derechos civiles;

2) Preferentemente profesional universitario;

3) Tener experiencia comprobada en el área de discapacidades; y,

4) Estar solvente con el Estado.

## Del mismo capítulo

- Artículo 62 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-62/)
- Artículo 64 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-64/)
- Artículo 65 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-65/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-63/

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