# Artículo 21, Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad

Ley: Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad (Decreto 160-2005). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/
Ubicación: CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS · SECCIÓN II EDUCACIÓN
Fuente: TSC, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/LEY%20DE%20EQUIDAD%20Y%20DESARROLLO%20INTEGRAL%20PARA%20LAS%20PERSONAS%20CON%20DISCAPACIDAD..pdf. Texto descargado el 17 de octubre de 2026.

APERTURA DE CENTROS. Se deberá incluir en cada centro educativo que se abra en el sistema educativo nacional todas las exigencias físicas, didácticas y curriculares que de acuerdo a los criterios técnicos especializados sean necesarias para atender a los estudiantes con necesidades educativas especiales. Esto será también un requisito que deberán acreditar fehacientemente los centros educativos del sistema privado previo a poder obtener su respectiva autorización para prestar servicios educativos.

## Del mismo capítulo

- Artículo 18 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-18/)
- Artículo 19 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-19/)
- Artículo 20 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-20/)
- Artículo 22 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-22/)
- Artículo 23 (https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-23/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-21/

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