# Artículo 98, Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados

Ley: Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados (Decreto 101-2018). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-armas/
Ubicación: TÍTULO V MECANISMOS DE CONTROL Y CUMPLIMIENTO · CAPÍTULO I SANCIONES
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 34,866, 8-feb-2019), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-101-2018.pdf. Texto descargado el 18 de octubre de 2026.

DISPOSICIONES COMUNES AL MARCO SANCIONATORIO. La potestad de aplicación del marco sancionatorio administrativo de la presente Ley corresponde a las Secretarías de Estado en los Despachos de Seguridad y Defensa Nacional según su competencia, sujeto a las disposiciones siguientes:

1) Cuando una infracción esté contemplada en otra dispo- sición legal, se debe aplicar la sanción administrativa más severa, por la autoridad que tutela la disposición aplicable;

2) Si en una infracción cometida por persona natural mediase intervención de una persona jurídica a través de su representante legal se debe aplicar la sanción a ambas personas según los criterios establecidos en la presente Ley y según el tipo de infracción que en cada caso corresponda;

3) La aplicación del marco de infracciones y sanciones administrativas dispuesto en la presente Ley se debe aplicar sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad administrativa, penal o civil que corresponda; y,

4) Para impugnar actos resolutivos derivados de la presente Ley se debe aplicar los procedimientos y recursos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

## Del mismo capítulo

- Artículo 96 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-96/)
- Artículo 97 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-97/)
- Artículo 99 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-99/)
- Artículo 100 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-100/)
- Artículo 101 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-101/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-98/

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