# Artículo 40, Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados

Ley: Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados (Decreto 101-2018). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-armas/
Ubicación: TÍTULO III FORMAS DE AUTORIZACIÓN Y SUJETOS AUTORIZADOS · CAPÍTULO III EXPIRACIÓN, REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 34,866, 8-feb-2019), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-101-2018.pdf. Texto descargado el 18 de octubre de 2026.

EXPIRACIÓN, REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN DE LICENCIAS O PERMISOS. Se produce la expiración, revocación o suspensión de las licencias o permisos, en los casos siguientes:

1) Por vencimiento del plazo por el cual fue concedida;

2) Por desaparecer la circunstancia que originó la auto- rización;

3) Por pérdida de la calidad de persona autorizada;

4) Por revocación o suspensión ordenada como sanción administrativa o judicial; y,

5) Por razones de seguridad pública o defensa del Estado, mediando declaratoria de emergencia emitida por la autoridad competente.

## Del mismo capítulo

- Artículo 37 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-37/)
- Artículo 38 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-38/)
- Artículo 39 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-39/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-40/

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