# Artículo 127, Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados

Ley: Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados (Decreto 101-2018). Ley completa: https://leyteca.com/hn/ley-armas/
Ubicación: TÍTULO VII · CAPÍTULO III GENERALIDADES CON RESPETO AL SISTEMA DE REGISTRO BALÍSTICO
Fuente: TSC (La Gaceta n.º 34,866, 8-feb-2019), https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto-101-2018.pdf. Texto descargado el 18 de octubre de 2026.

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## Del mismo capítulo

- Artículo 124 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-124/)
- Artículo 125 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-125/)
- Artículo 126 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-126/)
- Artículo 128 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-128/)
- Artículo 129 (https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-129/)

Enlace canónico: https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-127/

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